Hay muchos estudiantes extranjeros que deciden cursar estudios en nuestro país atraídos por la excelente educación española, nuestra rica cultura, nuestra exquisita gastronomía y nuestro estupendo clima. No obstante, para poder estudiar en España es indispensable obtener el visado de estudiante, siempre y cuando el estudiante extranjero no sea nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, de Estados Unidos o de Suiza.
Una vez conseguido el visado de estudiante para España, ¿el permiso de estudiante autoriza a trabajar en nuestro país? ¿Puedo trabajar con visa de estudiante en España?
¿Puedes trabajar con visa de estudiante en España?
Esta duda es muy habitual entre los estudiantes extranjeros que deciden cursar estudios en España, quienes tienen en vigor su visado de estudiante para nuestro país. La respuesta es sí: los estudiantes extranjeros podrán trabajar en España con visado de estudiante en vigor.
Así lo establece el artículo 42 del Reglamento de Extranjería, en el que se determina que los extranjeros que obtengan la autorización de estancia por estudios en España podrán trabajar para instituciones públicas o entidades, siempre y cuando el empleador presente la correspondiente solicitud de autorización de trabajo y se cumpla con los requisitos exigidos. Además, los estudiantes extranjeros podrán también trabajar por cuenta propia cuando cumplan los requisitos exigidos para ello.
En definitiva, el estudiante extranjero podrá desempeñar en España una actividad laboral por cuenta propia o por cuenta ajena, siempre que se cumplan los requisitos que se establecen en el Reglamento de Extranjería y se haya obtenido adecuadamente el visado de estudiante para cursar estudios en nuestro país.
Se ha de tener en cuenta que, en todo caso, la autorización de trabajo y el visado de estudios son dos trámites diferentes que se deberán gestionar de forma diferente. Además, el permiso de trabajo no podrá durar nunca más que la vigencia del visado de estudios para España.
Requisitos para trabajar en España con visado de estudiante
Con visado de estudiante se puede trabajar en España, siempre y cuando se cumpla con una serie de requisitos. No obstante, estos requisitos dependerán de si el estudiante extranjero desempeña un trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia.
Requisitos para trabajar por cuenta ajena en España con visado de estudiante
De acuerdo con el segundo y tercer apartados del artículo 64 del Reglamento de Extranjería, se deberán cumplir los siguientes requisitos para que el estudiante pueda prestar servicios por cuenta ajena:
- No estar irregularmente en España.
- No figurar como ciudadano rechazable en aquellos países con los que España tenga firmado algún convenio sobre esa cuestión.
- Haya transcurrido el plazo de compromiso del estudiante extranjero de no regresar a España.
- Pago de la tasa correspondiente por la tramitación de la autorización de residencia.
- Que el estudiante extranjero cuente con la capacitación o cualificación profesional que exija la Ley para trabajar por cuenta ajena.
- El empleador presente un contrato laboral firmado por ambas partes, empleados y trabajador, que tenga la duración del periodo de vigencia del visado de estudiante.
- Las condiciones laborales respeten lo establecido en la legislación laboral vigente y en el Convenio Colectivo que resulte de aplicación.
- El empleador ha de formalizar la inscripción del estudiante extranjero en el Régimen de la Seguridad Social que corresponda.
- El empleador ha de contar con los medios materiales, económicos y personales suficientes.
- Que se haya pagado la tasa correspondiente para obtener la autorización para trabajar por cuenta ajena.
La solicitud de trabajo por cuenta ajena deberá ser presentada por el empresario que va a contratar al estudiante extranjero. Esta se deberá presentar en la Oficina de Extranjería de la provincia en la que el estudiante vaya a trabajar.
Requisitos para trabajar por cuenta propia en España con visado de estudiante
El estudiante extranjero también podrá trabajar por cuenta propia en España, siempre y cuando se cumplan con los requisitos establecidos en los apartados segundo y tercero del artículo 105 del Reglamento de Extranjería. Estos requisitos son los siguientes:
- El estudiante extranjero no podrá estar en situación de irregularidad en España.
- El estudiante extranjero que quiera trabajar en España no puede figurar como rechazable en aquellos países con los que España tenga convenio en este sentido.
- Que haya vencido el plazo de compromiso del estudiante extranjero de no regreso a España.
- Pago de la tasa correspondiente a la tramitación de la autorización de residencia temporal del estudiante extranjero.
- Que se cumplan los requisitos que la Ley establezca para el inicio y el funcionamiento de la actividad por cuenta propia.
- Acreditar que se dispone de la inversión suficiente para llevar a cabo el proyecto en cuestión.
- Pago de la tasa correspondiente para la tramitación para poder trabajar por cuenta propia.
En este caso, es el propio estudiante extranjero que va a trabajar por cuenta propia quien deberá presentar la solicitud para trabajar en la Oficina de Extranjería de la provincia en que se desempeñará la actividad por cuenta propia como autónomo.
Así pues, el estudiante extranjero podrá cursar estudios y trabajar en España cuando se cumplan los requisitos correspondientes. No obstante, es imprescindible, para poder trabajar, tener el visado de estudiante, para lo cual se ha de contratar un seguro médico. Asisa ofrece un seguro médico para estudiantes extranjeros sin copago, sin periodo de carencia y con una cobertura total.